Un estimado Anómino ha dejado este texto en el blog. Aqui os lo "repego" pa que lo podais leer....
CONTRATO EN PRÁCTICAS
dijo...
El contrato de trabajo en prácticas es aquel que establece la prestación
de un trabajo retribuido que facilita al trabajador una práctica
profesional adecuada a su nivel de estudios. Los puestos de trabajo,
grupos, niveles o categorías profesionales en los que puede realizarse
este tipo de contrato están determinados por los convenios colectivos
pertinentes.
Requisitos:
Para poder formalizar un contrato de trabajo en prácticas el trabajador debe poseer un título universitario, de formación profesional o título oficialmente reconocido que le habilite para el ejercicio profesional.
Ademas, no deben haber transcurrido más de 4 años desde la terminación de los estudios.
Por su parte la empresa debe tener en cuenta que ningún trabajador puede ser contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por un tiempo superior a 2 años basándose en la misma titulación. Además, la empresa debe solicitar al INEM un certificado sobre los contratos en prácticas que haya celebrado el trabajador con al menos 10 días de antelación a la fecha de incorporación del mismo.
Requisitos:
Para poder formalizar un contrato de trabajo en prácticas el trabajador debe poseer un título universitario, de formación profesional o título oficialmente reconocido que le habilite para el ejercicio profesional.
Ademas, no deben haber transcurrido más de 4 años desde la terminación de los estudios.
Por su parte la empresa debe tener en cuenta que ningún trabajador puede ser contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por un tiempo superior a 2 años basándose en la misma titulación. Además, la empresa debe solicitar al INEM un certificado sobre los contratos en prácticas que haya celebrado el trabajador con al menos 10 días de antelación a la fecha de incorporación del mismo.